jueves, 26 de diciembre de 2013

Reflexiones sobre la reforma de la ley del aborto

Las mujeres deben decidir en libertad y bajo su completa responsabilidad

Jaime Torner Gracia La reforma en curso del Partido Popular sobre la ley del Aborto se ha gestado con una profunda controversia y una abierta polémica a nivel de la calle, fruto de una evidente confrontación entre las ideologías conservadoras y progresistas.

Este delicado tema se puede abordar con una perspectiva religiosa (mantenida a ultranza por la Iglesia Católica, por su Conferencia Episcopal y por las organizaciones satélites pro-vida) que defienden existencia de vida humana desde el momento de la concepción, resultando moralmente inaceptable fomentar su interrupción en cualquier supuesto; y, a su vez, desde una perspectiva científica que considera la fecundación del óvulo (de la especie que sea) como primer paso de un proceso de multiplicación celular exponencial (mórula-blástula), desarrollo de las capas germinales (ecto, meso y endodermo) y con posterior diferenciación en tejidos y órganos hasta concluir la gestación con el parto.

Por un elemental sentido común, todo ser vivo adquiere personalidad propia al nacer y respirar por sí mismo tras la sección del cordón umbilical e interrumpir su vínculo con la madre; de lo cual se desprende que, en ese preciso momento, el ser humano también adquiere personalidad jurídica propia (con un nombre y apellidos que se incorporan al Registro Civil). Por tanto, si abordamos el tema desde un punto de vista estrictamente legal, el aborto efectuado en las primeras 12 semanas de gestación segaría la vida de un ser vivo en fase de formación sin presentar la imprescindible diferenciación de órganos para poder sobrevivir al nacer y , supuestamente, sin haber alcanzado la personalidad jurídica propia; razonamiento que parece chocar frontalmente con la legislación que se pretende imponer actualmente en España con la reforma de la ley del Aborto vigente.

Llegados a este punto, debo confesar que como médico juré en su día defender la vida humana hasta lo razonablemente posible y siempre he cumplido con ese compromiso; por lo que, en términos generales, debo pronunciarme en contra del aborto aún cuando entiendo que existen unos supuestos concretos que deben ser una excepción a la norma. Por consiguiente, en el tema a debate, puedo aceptar la sustitución de la actual "ley de plazos" para volver a una nueva "ley de supuestos" en este anteproyecto de reforma, aunque difiera en el contenido de dichos supuestos por resultar muy limitados.

En efecto, aparte de los indiscutibles supuestos por antecedentes de una violación o de la existencia de un elevado riesgo sobre la salud física de la madre, considero que debe desarrollarse con una mayor extensión el supuesto de "riesgo psíquico" sobre la madre incluyendo los casos con riesgo (ya confirmado) de una teratogenia o de malformación congénita del feto (secundaria o no a una yatrogenia médica previa) y de una alteración genética (en caso de mujeres con tales antecedentes) porque, entonces, se condenaría al futuro hijo(a) a una vida vegetativa o dependiente de forma indefinida de los padres. A su vez, debería ser suficiente el informe de un solo médico para ratificar la anomalía.

Incluso más, resulta contradictorio e injusto que la Administración de Justicia (bajo la posible presión de la Conferencia Episcopal) obligue a cualquier mujer a proseguir con el embarazo si existiera la certeza de los supuestos previos cuando, a su vez y según es innegable, el Estado les reduce la atención institucional y el soporte económico debido a que la ley de Dependencia no cuenta con las necesarias partidas presupuestarias.

Cambiando de tercio, como ciudadano y por coherencia, mi discurso sería idéntico si no fuera porque, bajo ningún concepto, debo imponerlo a conciudadanas que piensen de forma contraria. En democracia, cualquier mujer capacitada jurídicamente debería ser dueña de su propio cuerpo y el destino de un ser vivo acogido en su seno materno debe depender, de entrada, de una decisión responsable de la madre; quien responderá solo ante su conciencia sobre la decisión tomada. Por consiguiente, la responsabilidad implícita en su decisión solo puede ser de tipo moral (pero nunca penal) y ni el Estado ni tampoco la Iglesia tienen derecho a la intromisión en su vida privada alegando que se ejerce la tutela de un ser indefenso ya que dicho ser humano todavía está en fase de formación y, supuestamente, no debería ser sujeto de tutela jurídica.

Intuyo que ese es el razonamiento por el que las Comunidades Autónomas de Asturias, Andalucía, Cataluña, Euskadi y Canarias rechazan el anteproyecto de reforma de la ley (según LA NUEVA ESPAÑA del 24-12-2013) y desde una óptica sociológica tienen razón.

Por lo tanto, es preciso que cada institución ocupe el lugar que le corresponde ante este delicado asunto. A la Iglesia Católica le corresponde el cometido de dar consejo moral a la mujer que se plantea someterse a un aborto (evitando ejercer coacción alguna) y al Estado le corresponde el deber de ofrecer la adecuada infraestructura sanitaria (sea pública o privada) para atenderla con garantías y evitar el aborto clandestino (previsible tras la reforma, donde el único responsable penal será el médico que lo realiza) o incluso evitar que el aborto se realice en el extranjero (tratándose de mujeres económicamente solventes), tal como sucedía en un pasado al que no deberíamos retroceder.

Según datos del Ministerio de Sanidad publicados en LA NUEVA ESPAÑA el 24-12-2013, en el año 2012 se realizaron en España una media de 12 abortos por cada 1000 mujeres; lo cual, según este artículo, es una tasa relativamente baja que puede ratificar la validez de la normativa vigente aun cuando precise de ciertos retoques, tales como evitar en lo posible los abortos en embarazos sanos de una menor, con la intención de poder dar al recién nacido en adopción o buscando la tutela de sus padres o, como mínimo, requerir el consentimiento de estos padres para abortar. A su vez, procedería potenciar el papel de la Sanidad Pública en este tema ya que, hoy día, se concentra en centros privados.

En definitiva, procedería fomentar un consenso de todo el arco parlamentario para que la reforma resultante de la ley del Aborto permanezca estable, independientemente de la ideología de partido (conservadora-progresista); de forma que, en el futuro, cualquier mujer pueda seguir decidiendo en libertad y bajo su completa responsabilidad la postura que debe adoptar tras recibir el adecuado apoyo institucional.

Sin embargo, dado que el Partido Popular dispone de mayoría absoluta parlamentaria, le basta con imponer la disciplina de voto para que la reforma salga adelante, aunque haya indicios de fisuras en dicha formación por discrepancias al respecto en algunos políticos de primera línea (Cristina Cifuentes, Borja Sémper...). Es más, parece que esta reforma viene avalada fundamentalmente por el sector más conservador del partido, con el Ministro de Justicia al frente (cuyo perfil político y personal es conocido por la opinión pública tras sus recientes manifestaciones), siendo menos compartida por el sector más liberal.

Lo curioso del caso es que para el sector radical "pro vida", la nueva ley será del todo insuficiente dado que desean imponer su política de "tolerancia cero" con el aborto, en un atípico alarde de talante democrático. Del mismo modo que nadie les obligará a abortar si no lo desean, ¿quién les concede licencia para imponer lo contrario a los demás?

Finalmente, existe una gran diferencia entre el concepto de moralidad y el de legalidad por cuanto, en el primero, lo moralmente correcto depende del rigor individual de cada conciencia mientras que, en el segundo, la ley debe ser cumplida por todos y por igual. Por tanto, se trata de encontrar una ley del Aborto que represente el punto medio de la sensatez entre los dos extremos ideológicos que siempre implican los típicos bandazos pendulares de la política según gobierne un partido conservador o progresista y que resulta característico de nuestra idiosincrasia como país.











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viernes, 13 de diciembre de 2013

Cárceles Privadas

El negocio millonario de las cárceles privadas comienza a expandirse en todo el mundo
Imagen EsGlobal
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Desde los primeros atisbos de privatización de las prisiones, en la Inglaterra del siglo XVI, hasta la consolidación del fenómeno en los Estados Unidos de los 80, media un largo hiato. Pero el negocio se ha afianzado firmemente y con la clara intención de quedarse. Dejar los centros de detención en manos privadas ha sido la hipotética solución que las autoridades estaounidenses han encontrado para aliviar el exceso de ocupación carcelaria, para internar en centros de detención a los emigrantes que tratan de rebasar el Río Grande o para reducir la carga fiscal que supone para las agencias públicas mantener a la mayor población reclusa del mundo.

Así, mediante la encarcelación privada, las autoridades han querido encontrar de un plumazo un remedio a cuatro desafíos que condensan algunas de las sensibilidades más genuinas del país: el ingente tamaño de la población reclusa, la presión migratoria (la mitad de los inmigrantes detenidos en el país están en centros privados), los desencuentros fiscales y el mantenimiento del ideal de la libre empresa. ¿La panacea? Para las compañías del sector, indudablemente sí; grandes operadoras privadas de cárceles como Corrections Corporation of America y GEO Group cosechan conjuntamente ingresos de alrededor de 3.000 millones de dólares anuales (unos 2.200 millones de euros). Ese dinero no viene sólo del fértil negocio en Estados Unidos, sino también de la internacionalización de sus servicios.

La lista de críticas a la privatización carcelaria es larga y grave. La búsqueda del lucro lleva a reducir al máximo los costes, a un peor mantenimiento y a plantillas insuficientes y mal pagadas, lo que afecta a la calidad de los centros de detención. A su vez, no está claro que la actividad de estas empresas suponga un verdadero ahorro para las autoridades que contratan sus servicios; incluso se han conocido casos de centros privados que rechazan a internos cuyo mantenimiento les va a salir especialmente caro. A su vez, las operadoras privadas obtienen mayores beneficios cuanto más grande sea la población reclusa, lo que les ha llevado a influir en la legislación estadounidense para que un mayor número de delitos sean castigados con la cárcel.

Ninguno de estos reparos ha detenido la expansión internacional del modelo. Las supuestas ventajas de privatizar las prisiones han convencido a muchos países de la necesidad de poner algunos centros en manos de empresas. Las principales beneficiarias son las compañías estadounidenses que exportan sus servicios a países como Australia, el Reino Unido, Nueva Zelanda o Suráfrica, los otros grandes mercados del sector. Así, hasta el 14% de los ingresos de GEO Group provinieron el año pasado de sus negocios en estos cuatro países, donde cuenta con un total de 7.000 camas a través de sus subsidiarias y de joint ventures con empresas locales.

Australia posee la mayor proporción de reclusos en centros privados (19%), seguida de Escocia (17%), Inglaterra y Gales (13%), Nueva Zelanda (11%), Estados Unidos (8%) y Suráfrica (3%), según un reciente informe. Sin embargo, el modelo no sólo se ha exportado a esos países, sino que está presente, aunque en menor medida, en todos los continentes. Alemania dio luz verde a una prisión privada en 2004, aunque al frente de la misma hay funcionarios. Chile fue el primer país latinoamericano en autorizar, en 2003, prisiones totalmente gestionadas por empresas. Japón cuenta también con un centro de detención privado para delincuentes que no hayan cometido delitos previos.

Más allá de esta expansión geográfica, la pujanza del sector se concentra en países del entorno anglosajón. En ningún lugar ha tenido el modelo mayor éxito que en Australia, donde el número de reclusos en centros privados ha crecido un 95% en los últimos quince años (frente a un crecimiento del 50% de prisioneros en centros públicos). Gran parte del auge del sector radica en los centros privados de detención de inmigrantes, que han sido criticados repetidamente por que se han dado casos de muertes de reclusos, así como rebeliones por parte de los internos. Sin embargo, las reticencias no han impedido a la operadora británica Serco embolsarse hasta 1.500 millones de dólares americanos en contratos gubernamentales, siendo así una de las grandes beneficiarias de la preocupación del Gobierno australiano por el constante flujo de solicitantes de asilo que llegan al territorio nacional.

Junto a las críticas, el modelo privado es también objeto de alabanzas. Expertos australianos consideran que los centros privados tienen un tipo de gestión más transparente y responsable que los públicos, ya que son económicamente penalizados cuando cometen errores. A su vez, los defensores del modelo privado dan por hecho que éste supone una importante reducción del gasto público, ya que la gran competitividad entre las operadoras lleva a ajustar drásticamente los costes y porque además los centros privados no están dominados por los sindicatos. En su opinión, el único problema es que los proveedores principales del servicio son empresas extranjeras y los beneficios que consiguen no se quedan en el país.

En el Reino Unido existe un vivo debate a favor y en contra de este modelo. Entre las tres prisiones peor valoradas del país, dos son privadas, según el propio Gobierno británico, cuyos portavoces han asegurado que esto se debe a la escasa andadura de ambos centros, que requieren más tiempo para funcionar mejor. Pero hay más: el año pasado se le retiró el contrato a una empresa que gestionaba un centro en Inglaterra, debido al elevado consumo de drogas entre sus internos; la prisión de Addiewell, en Escocia, fue considerada la más violenta del país en 2011; y diversos documentos gubernamentales desvelaron hace cuatro años que las cárceles privadas inglesas y galesas registraban casi el doble de quejas por parte de los internos que las públicas.

Por el contrario, un reciente informe del think tank Reform concluye que las prisiones privadas británicas funcionan mejor que las públicas y que, tras el paso por ellas, se dan menos casos de reincidencia delictiva (otras organizaciones han cuestionado la fiabilidad de ese informe y han señalado que dicho think tank recibe fondos de las grandes empresas del sector). Más allá de este debate, el auge de este negocio en el Reino Unido se centra sobre todo en la detención de inmigrantes, ya que más del 70% de los que se encuentran privados de su libertad pasan sus días en centros privados. Al igual que en Australia, la gestión privada de estos centros de internamiento ha sido fuertemente criticada.

La resistencia a dejar la gestión de los centros de detención en manos de empresas es muy común, pero ello no ha impedido la expansión internacional del negocio. El proceso de consolidación de las finanzas públicas en todos estos países facilita la implantación de centros privados y da alas a quienes defienden que es una forma de aunar, por menos dinero que en los públicos, la eficiencia empresarial con la garantía normativa estatal. Al calor de las privatizaciones generales que se están acometiendo en varios países, y ante la ausencia de soluciones humanas y efectivas a la presión migratoria, no es descartable que el modelo traspase nuevas fronteras. Si los presos reportan beneficios, todo país puede ser un suculento mercado.

Centros de Acción Social: CEAS.

Los Centros de Acción Social, CEAS:
  • Constituyen la “puerta de entrada” a los servicios sociales. 
  • Están ubicados en todo el territorio de Castilla y León. 
  • Siempre hay uno cerca de su domicilio. 
  • Cuentan con un “profesional de referencia”. 
En su CEAS:
  • Informan sobre prestaciones y derechos. 
  • Valoran las necesidades de autonomía personal y de integración social. 
  • Orientan sobre el acceso a los recursos sociales, apoyan la tramitación de solicitudes y en su caso derivan a los servicios más adecuados. 
  • Coordinan la atención elaborando un plan de atención integral con la persona interesada. 
  • Realizan el seguimiento de las prestaciones.